Un tribunal federal ratificó un amparo a favor de Rosario Robles, cuyo efecto es que un juez de control analice si es procedente o no revocar la medida cautelar de prisión preventiva justificada, dictada en agosto de 2019 por el juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna.
El análisis debe realizarse en una audiencia a celebrarse a más tardar el lunes próximo, según la resolución. El juez no analizará la culpabilidad de Robles, solamente determinará si puede o no seguir su proceso libertad.
El amparo fue ratificado por unanimidad de votos de los tres magistrados integrantes del Noveno Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Penal.
Los magistrados confirmaron la resolución del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo, Augusto Octavio Mejía Ojeda, quien el 12 de junio pasado concedió a Robles un amparo para que el juez penal revise la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a la exfuncionaria federal.
“Lo anterior significa que el juez de control Ganther Alejandro Villar Ceballos deberá citar a una nueva audiencia a más tardar el próximo lunes para revisar la medida cautelar impuesta a Rosario Robles hace dos años”, dijo la defensa de la extitular de Sedesol y Sedatu.
Recordó que la Fiscalía General de la República (FGR) y la Auditoría Superior de la Federación (ASF) interpusieron un recurso de revisión en contra de la resolución del juez Mejía Ojeda.
Al analizar el recurso, el magistrado Juan Carlos Ramírez Benítez propuso al Noveno Tribunal Colegiado confirmar los argumentos y razones expuestas por el juzgador.
Según el juez Mejía Ojeda, la licencia que aportó la FGR para justificar la existencia de diversos domicilios de Robles es falsa; además, no se acreditó que Robles o su familia tengan los recursos económicos para que pueda evadir la acción de la justicia, estimó.
Por el contrario, Robles sí acreditó tener un arraigo en la Ciudad de México.
Al revisar la decisión, el Noveno Tribunal Colegiado ratificó los argumentos de la defensa y desestimó lo dicho por la FGR y la ASF, instituciones que insisten en que se confirme la prisión preventiva justificada.
Los magistrados del Noveno Tribunal Colegiado determinaron que el recurso de revisión solicitado por la FGR y la ASF es improcedente en virtud de que “sus agravios son infundados e inoperantes”.
Por ello, determinó conceder a Rosario Robles la protección de la justicia federal para que en tres días naturales se cite a una audiencia donde se considerarse la posibilidad de modificar la prisión preventiva