Ángeles González Ceballos
Xalapa, Ver
Integrantes del colectivo Consorcio por el Diálogo y la Inclusión, expusieron que tras la invalidación del artículo 75 del Código Civil por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esperan que a la «brevedad» se hagan las modificaciones locales.
Bernabé Zuvirie, expresó que la Legislatura necesita un «empujoncito» para que se ponga a chambear ya.
«La sentencia es bastante evolucionada en el sentido de cómo va marcando pautas en cuanto a la terminología, eliminar ciertos conceptos y categorías sospechosa para dar paso a categorías bien definidas sobre las personas disidentes sexuales en el acceso a sus derechos», opinó.
Expresó que ahora el Congreso del Estado está obligado a legislar y externó que con la acción de inconstitucionalidad que interpusieron buscaban sentar un precedente para las personas disidentes sexuales.
«Se tiene que legislar porque es parte de la agenda de derechos humanos en Veracruz, ahora lo que corresponde al Legislativo es no postergar más, no que se siga entrampando en estos juegos de diferencias políticas que se van dando en el Congreso, sino que se tome la diaposición de la Corte», aseveró.
Opinó que con la modificación se abre la posibilidad de dar certeza sobre otros derechos que están pendientes como las adopciones, pero sobre todo que haya políticas públicas que atiendan la no discriminación.
Refirieron que fue a través de las acciones de inconstitucionalidad 144/2020 y su acumulada 185/2020, promovidas por colectivos y sociedad civil, así como mediante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz y su par nacional como se demandó la invalidez de diversas disposiciones del Código Civil, publicada en el Diario Oficial el 10 de junio de 2020, mediante decreto 569.
Con el fallo de la Corte se reconoce que la disposición que no reconozca el matrimonio igualitario no es acorde con los estándares en materia de Derechos Humanos y por lo tanto, ahora le toca Congreso local legislar y cerrar favorablemente la acción emitida por la SCJN.