-Algunas enfermedades para ser considerados son; enfermedad cardíaca congénita o adquirida con datos de insuficiencia cardiaca, hipertensión arterial primaria o secundaria en tratamiento médico con antihipertensivos, entre otros
Ángeles González Ceballos
Xalapa, Ver.-
El secretario de Salud, Roberto Ramos Alor, informó que en breve se podrá tener una jornada de vacunación contra el Covid-19 para menores de 12 a 17 años.
Hay que recordar que la Federación ya abrió el registro para dicho sector de la población que padece alguna comorbilidad para que se les aplique la primera dosis, sin embargo, no descartó que más adelante ya se pueda vacunar de manera general a todos.
Refirió que ese fue un compromiso de los gobiernos Federal y Estatal para reducir los contagios del Sars COV-2.
“Es un compromiso del presidente de la República y también es un compromiso del Gobernador que vamos a trabajar, yo soy pediátra y soy el primero en levantar la mano para que nuestros niños estén bien protegidos”, aseguró.
Aclaró que únicamente están esperando que la COFEPRIS autorice las vacunas para edades más cortas y «sí habrá vacunas, es un compromiso”.
Aunque ya está autorizada la vacunación a menores de hasta 5 años de edad en otras partes del mundo, en México la inmunización para las y los niños de 12 años en adelante se logró a través de amparos y a la fecha existe un registro de más de 700 menores que esperan ser vacunados.
De acuerdo a la Secretaría de Salud, algunas de las enfermedades que serán consideradas para que puedan ser considerados son; enfermedad cardíaca congénita o adquirida con datos de insuficiencia cardiaca; hipertensión arterial primaria o secundaria en tratamiento médico con antihipertensivos.
Asma grave mal controlada: uso de esteroides inhalados a dosis altas junto con un segundo medicamento controlador, además de por lo menos uno de los siguientes: a) uso de 3 o más ciclos de esteroide sistémico en el año anterior por presentar exacerbaciones de asma, o b) una o más hospitalizaciones por asma en el año anterior (los pacientes con adecuado control con base en inhaladores no son elegibles en este grupo).
Discinesias ciliares.
Displasia broncopulmonar.
Fibrosis quística.
Fibrosis pulmonar intersticial.
Malformaciones congénitas del sistema respiratorio
Malformaciones congénitas de riñón, hígado o sistema digestivo que condiciona un riesgo para la vida.
Reflujo gastroesofágico severo que puede predisponer a infecciones respiratorias.
Pacientes con gastrostomía.
Cirrosis.
Atresia biliar.
Hepatitis crónica.
Insuficiencia renal crónica grado 3 o superior incluyendo pacientes con terapia sustitutiva (hemodiálisis o diálisis peritoneal)
Neurodiscapacidad y/o enfermedad neuromuscular que incluye parálisis cerebral, autismo moderado o grave, epilepsia de difícil control y con afección neurológica y distrofia muscular.
Trastornos congénitos que puedan afectar al sistema nervioso.
Enfermedad hereditaria y degenerativa del sistema nervioso o de los músculos u otras afecciones asociadas con la hipoventilación.
Discapacidades de aprendizaje múltiples o graves o profundas (PMLD).
Miastenia y enfermedades relacionadas, esclerosis múltiple,
Síndrome de Down, entre otras.